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FUENTES DEL DERECHO: EL REGLAMENTO.-

El día 9 de octubre de 1.999 se publica en el BOE y entra en vigor la Ley 32/1.999, de 8 de octubre, de Solidaridad eos las Víctimas del Terrorismo. Su Disposición final primera ordeno al Gobierno que desarrollara reglamentariamente esta Ley en el plazo de tres meses a partir su entrada en vigor. Posteriormente, el día 17 de diciembre el Consajo de Ministros aprueba con informe favorable del Consejo de Estado el Real Decreto 1.912/1.999, de 17 de diciembre que contiene el Reglamento de ejecución de aquella Ley.

La Asociación de Víctimas del Terrorismo se queja de que el Gobierno no le ha facilitado el trámite de audiencia en la elaboración de esta norma y que el reglamento introduce unos requisitos para indemnizar a las víctimas de secuestros más restrictivos que los que establece la Ley 32/1 -999.

Finalmente, el Ministro del Interior, que es el órgano administrativo competente para otorgar las indemnizaciones, tiene ib. intención de dispensar a una víctima de secuestro de algunos de los requisitos que establece el reglamento debido a sus especiales circunstancias personales.

CUESTIONES:

IV ¿De qué tipo de reglamento se trata?

2V ¿Sería válido este reglamento si se hubiese aprobado con un dictamen previo del Consejo de Estado desfavorable? y ¿qué consecuencia se produciría si el reglamento se aprueba transcurridos los tres meses de plazo que establecía la Ley 32/1.999?

38.- ¿Tenía el Gobierno la obligación de dar el trámite de audiencia a la Asociación de Víctimas del Terrorismo? y ¿cómo afectaría al reglamento aprobado la falta del trámite de audiencia?

4a.- ¿Está legitimada esta Asociación para recurrir directamente ei reglamento aprobado por el R.D. 1.912/1.999 ante la jurisdicción contencioso-administrativa?

5a ¿Es correcta la decisión de exonerar algunos requisitos que quiere adoptar el Ministro del Interior?

NOTA: Véanse, los artículos 22 a 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y 19 y 25 y 26 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

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